Quién tiene que pagar el modelo 790

Quién tiene que pagar el modelo 790

El impuesto 790 062 corresponde al impuesto que debe abonar el empresario o patrón al gestionar la autorización o prórroga de la estancia temporal y empleo de un trabajador extranjero. La tasa 790 062 corre por consiguiente al cargo del empresario o empleador.

Bajar tasas de renovación de privilegios de vivienda y trabajo para terceros. Tasa de empresario o empleador 790 Código 062

En el instante de la renovación de las autorizaciones de vivienda y trabajo se va a deber justificar el pago de las tasas. Antes de enseñar el expediente de renovación se tienen que abonar 2 tasas, una para el empleador y otra para el trabajador.

La cuota 790 código 052 ha de ser pagada por el usado y la cuota 790 código 062 por el empleador. Esta cuota 790 código 062 es la vieja cuota 990 código 062 en su modelo de autoliquidación.

Modelo 790 Código 012

Esta tasa está relacionada con los actos administrativos relacionados con la vivienda y vivienda de un extranjero en España. Además de esto, sigue en el momento en que se expiden ciertos documentos:

  • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
  • Ciertos documentos de identidad (por servirnos de un ejemplo, de asilados).
  • Documentos de viaje para extranjeros indocumentados.
  • Visa en la frontera.

¿Por qué razón es esencial abonar las tasas de inmigración?

Las tasas de extranjería son un impuesto que grava la administración al comienzo de un trámite oficial, con lo que se tienen que abonar tasas distintas para la nacionalidad de españa, renovaciones de vivienda y peticiones de vivienda en España.

Por servirnos de un ejemplo, los extranjeros que estén pensando en enseñar los documentos para un permiso de vivienda tienen que enseñar la cotización 052 pagada. En caso contrario, van a recibir una notificación de que el impuesto no fué comprado.

Código 062

El código 062 corresponde al pago de la tasa por efectuar los trámites del permiso de trabajo, esto aplica a los extranjeros que deseen trabajar en España.

La tasa según modelo 790 código 062 es al cargo del empleador, si está libre, o del ciudadano extranjero.

Precio prórroga o cambio de permiso de trabajo: 79,93 €

  • Prórroga o cambio de permiso de trabajo tras pedir una autorización de vivienda temporal y trabajo;
  • cambio de permiso de vivienda por situaciones poco comúnes;
  • autorización por temporada o campaña;
  • permiso para trabajar o prestar servicios de carácter temporal;
  • Elegibilidad para la capacitación y/o ejercicio profesional.

Descubre más contenido interesante:

Publicaciones Similares