Qué pasa si tengo el coche aparcado sin ITV
Si el vehículo está estacionado en el tráfico, en un estacionamiento o en medio de una calle sin ITV, esto piensa una sanción de 200 euros y la obligación de pasar la ITV instantaneamente. Esta multa se puede achicar al 50% si se paga a tiempo.
Seguro de compromiso civil
Bastantes turismos circulan por España sin seguro. La DGT cree que en torno a un par de millones de automóviles no están asegurados, lo que representa cerca del diez por ciento de la flota móvil inteligente.
No puedes tener un vehículo en la carretera sin seguro, si bien no lo emplees, por el hecho de que, como ahora viste, la legislación de españa lo prohíbe. Y no por otro fundamento que el de que todos y cada uno de los automóviles tienen que tener cuando menos un seguro de compromiso civil. Esto no se restringe a las secuelas de un incidente de tráfico, sino hay otros varios casos.
Qué es la multa de la ITV
Un conductor o parker con la ITV caducada está transgrediendo la ley. Si esto está en el transcurso de un control, se le amenaza con la retirada de la licencia de conducir y una multa de 200 euros. La única forma legal es llegar a la próxima inspección. El nuevo Real Decreto facilita llevar a cabo la ITV 30 días tras su vencimiento, eludiendo de esta manera disculpas por carecer de tiempo.
La sanción por caducidad de la ITV, exactamente la misma el resto de multas, es recurrible aportando un escrito detallado en el que se detallen los datos del titular, el fundamento y las alegaciones o pruebas similares.
Esencial antecedente del departamento jurídico de AEA
Una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 33 de La capital española anula una multa de 200€ impuesta a un vehículo sin ITV No conducía, se solo se encontraba estacionado.
En los 2 últimos años, la DGT ha impuesto mucho más de un millón de multas de unos doscientos millones de euros por no pasar la ITV.
Los conductores de automóviles estacionados con ITV caducada no tienen la posibilidad de ser multados
La resolución de la justicia madrileña circuló por todo el país. La situacion se refería a un conductor que había sido multado por la DGT por aparcar el vehículo con la ITV caducada, el juzgado falló en su favor. Demandó la multa, aduciendo que «la infracción a sancionar se establece por el hecho de conducir, no por la carencia de presentación frecuente del vehículo a la ITV».
Lo que hay que tomar en consideración es lo que establece el producto diez del Reglamento General de Automóviles en relación a la obligación de ITV: «Los automóviles inscriptos o puestos en el mercado van a deber pasar una inspección técnica«.
Un considerable antecedente judicial para AEA
La anulación de esta multa forma un considerable antecedente judicial en tanto que se va a poder saber precisamente qué hechos relativos a cuáles tienen la posibilidad de o no ser sancionados ITV «Esta sentencia es un recordatorio de que ninguna administración puede emplear la analogía para sancionar actos no previstos de manera expresa en la ley. Algo que desgraciadamente sucede con mucha continuidad con las multas que imponen los municipios y la DGT”, enseña Mario Arnaldo, presidente de AEA.
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