¿Cuándo se paga el impuesto de circulacion en Getafe?

¿Cuándo se paga el impuesto de circulacion en Getafe?

EUROPA PRESS – Se aprueba finalmente la modificación del Código Municipal de Vados de Getafe al no haberse anunciado reclamaciones a lo largo del tiempo que dura la exposición pública, que ha supuesto multas que fluctúan entre los 1.500 y los 3.000 euros por empleo no autorizado del recinto como paso de automóviles.

Según la novedosa normativa, que se publicará el lunes próximo en el Folleto Oficial de la Red social de La capital española, la normativa vigente desde 1985 presentaba algunas faltas en su app a lo largo de esos años que había que subsanar. para evaluarlos.

QUIÉN ESTÁ EXENTO DE PAGAR LA EVALUACIÓN MUNICIPAL

Cualquier persona que venda su vivienda debe abonar este impuesto, si bien hay algunas salvedades en las que es imposible abonar el impuesto municipal de plusvalía:

  • Si la plusvalía que debemos abonar por el inmueble es superior al beneficio que se conseguirá con la venta.
  • En el momento en que se intente recursos y aportes legales de los cónyuges en su convivencia matrimonial.
  • En la situacion de transmisiones patrimoniales entre cónyuges oa favor de los hijos tras el divorcio, separación o nulidad del matrimonio, cualquier persona que sea el régimen económico conyugal.
  • Si se tuviesen presente en pos de sus asociados los inmuebles fiscalizados por las cooperativas de vivienda.
  • Si se mantiene el usufructo por muerte del usufructuario o por vencimiento del período para el que se formó.
  • Para la distribución de provecho basado en la planificación urbanística.
  • En el momento en que el valor de los terrenos considerados rústicos incrementa dependiendo de la contraprestación del impuesto predial.
  • Para operaciones de fusión o escisión de sociedades y aportaciones no dinerarias de áreas de actividad a las que les sea de app el régimen fiscal vigente, salvo las salvedades previstas reglamentariamente.
  • En la situacion de afiliación a una compañía deportiva de reciente constitución.
  • En el momento en que se generen operaciones de reparto de posibilidades y tasas con ocasión de la ejecución del planeamiento urbanístico según con la normativa aplicable.
  • En el momento en que las sociedades anónimas, sociedades de compromiso limitada u otras formas societarias se conviertan en sociedades anónimas.
  • En el momento en que se intente transmisiones de inmuebles ubicados en espacios establecidos como patrimonio histórico-artístico o declarados de interés cultural.
  • En el momento en que se intente remesas en la situacion de deuda hipotecaria, como donación en pago de vivienda frecuente en el momento en que recaiga sobre sí la cancelación de la deuda hipotecaria, que es un contrato con prestamistas o préstamos hipotecarios. En estas situaciones, el otorgamiento de la exención necesita que el moroso no tenga recursos u otros derechos que le dejen abonar la deuda en su integridad.

¿De qué manera y dónde debo abonar?

Este impuesto municipal se paga de año en año entre el 1 de abril y el 30 de junio y vence justo después de la adquisición de un vehículo nuevo, con independencia de la fecha. El pago debe efectuarse en el municipio al que tiene relación la dirección que figura en el archivo de matriculación del vehículo.

Nuestro ayuntamiento manda una carta de pago para comunicar al dueño. Puede domiciliarse o poner el recibo en los bancos comunitarios. Asimismo se puede llevar a cabo en línea o por teléfono. Es válido del 1 de enero al 31 de diciembre. Este impuesto no se paga hasta el momento en que el vehículo haya sido dado de baja.

¿Quién paga el impuesto de automóviles?

La primera pregunta es quién paga el impuesto de circulación. Ya que bien, esta obligación se aplica al dueño del vehículo, con independencia de si hablamos de un individuo física o jurídica.

En el certificado de matriculación del vehículo se puede revisar quién es el dueño que recibe de año en año este impuesto municipal.

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